REGLAMENTO (UE) 298/2014 DE LA COMISIÓN de 21 de marzo de 2014 por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 por lo que se refiere al uso del difosfato magnésico de dihidrógeno como gasificante y regulador de la acidez

Europeo
Alimentos / Complementos alimenticios
Reglamento

REGLAMENTO (UE) 298/2014 DE LA COMISIÓN de 21 de marzo de 2014 por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) 231/2012 de la Comisión por lo que se refiere al uso del difosfato magnésico de dihidrógeno como gasificante y regulador de la acidez

Procede autorizar el uso de difosfato magnésico de dihidrógeno en las categorías 6.2.1: Harinas, solo harina fermentante; 6.5: Fideos; 6.6: Masa batida; 7.1: Pan y panecillos y 7.2: Productos de bollería fina. Se asignará el número E 450 (IX) al difosfato magnésico de dihidrógeno.