REGLAMENTO (UE) 246/2014 DE LA COMISIÓN de 13 de marzo de 2014 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la retirada de diversas sustancias aromatizantes de la lista de la Unión

Europeo
Alimentos / Complementos alimenticios
Reglamento

La parte A del anexo I del Reglamento (CE) 1334/2008, que incluye la lista de aromas y materiales de base autorizados para su uso en alimentos, contiene una serie de sustancias respecto de las que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria no ha finalizado la evaluación o bien ha solicitado datos científicos adicionales que deben facilitarse a fin de finalizar dicha evaluación. En el caso de diecinueve de dichas sustancias, las personas responsables de la comercialización de las sustancias aromatizantes ya han retirado sus solicitudes. Por lo tanto, deben retirarse de la lista de la Unión dichas sustancias aromatizantes.

Se eliminan 19 sustancias aromatizantes de la lista de sustancias permitidas en productos alimenticios.

Medidas transitorias: Los alimentos que contengan sustancias aromatizantes comercializados legalmente o etiquetados antes del 22 de octubre de 2014 que no se ajusten a lo dispuesto en la parte A del anexo I del Reglamento (CE) 1334/2008 podrán comercializarse hasta su fecha de duración mínima o de caducidad.