REGLAMENTO (UE) 2018/1482 DE LA COMISIÓN de 4 de octubre de 2018 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la cafeína y la teobromina

Europeo
Alimentos / Complementos alimenticios
Reglamento

REGLAMENTO (UE) 2018/1482 DE LA COMISIÓN de 4 de octubre de 2018 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la cafeína y la teobromina

El uso de cafeína y teobromina como sustancias aromatizantes no da lugar a problemas de seguridad en los niveles estimados de ingesta en determinadas categorías de alimentos. Por lo tanto, pueden mantenerse las condiciones de uso ya establecidas en la lista de la Unión.

Por lo tanto, la cafeína [n.o FL 16.016] y la teobromina [n.o FL 16.032] deben figurar como sustancias evaluadas en la lista de la Unión de sustancias aromatizantes, sin la llamada de nota a pie de página que aparece en las entradas actuales de la lista de la Unión.

Procede, por tanto, modificar en consecuencia la parte A del anexo I del Reglamento (CE) n.o 1334/2008.