REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1293 DE LA COMISIÓN de 26 de septiembre de 2018 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 en lo que se refiere a las condiciones de uso del nuevo alimento lactitol

Europeo
Alimentos / Complementos alimenticios
Reglamento

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1293 DE LA COMISIÓN de 26 de septiembre de 2018 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 en lo que se refiere a las condiciones de uso del nuevo alimento lactitol

El nivel máximo del lactitol autorizado por la Decisión de Ejecución (UE) 2017/450 como nuevo alimento para ser utilizado en complementos alimenticios en cápsulas o comprimidos es de 20 g diarios. El nivel de uso propuesto del nuevo alimento lactitol en polvo en la misma categoría de alimentos corresponde al contenido máximo actualmente autorizado. Por lo tanto, procede modificar las condiciones de uso del lactitol para autorizar su uso en forma de polvo en el nivel máximo autorizado actual.

Nuevo alimento: Lactitol
Condiciones de uso: Complementos alimenticios, tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE (en forma de cápsulas, comprimidos o polvo) destinados a la población adulta
Contenido máximo: 20 g/día
Requisitos específicos de etiquetado: La denominación del nuevo alimento en el etiquetado de los complementos alimenticios que lo contengan será “lactitol”.».