DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2017/115 DE LA COMISIÓN de 20 de enero de 2017 por la que se autoriza la comercialización de extracto de soja fermentada como nuevo ingrediente alimentario

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DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2017/115 DE LA COMISIÓN de 20 de enero de 2017 por la que se autoriza la comercialización de extracto de soja fermentada como nuevo ingrediente alimentario, con arreglo al Reglamento (CE) 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo

El extracto de soja fermentada, tal como se especifica en el anexo de la presente Decisión, podrá comercializarse en el mercado de la Unión como nuevo ingrediente alimentario para ser utilizado en complementos alimenticios en forma de cápsulas, tabletas o en polvo, destinado a la población adulta con exclusión de las mujeres embarazadas o en período de lactancia, con una dosis máxima de 100 mg diarios de extracto de soja fermentada.

La denominación de la sustancia extracto de soja fermentada autorizada por la presente Decisión que figurará en la etiqueta de los productos alimenticios que la contengan será «extracto de soja fermentada».

En el etiquetado de los complementos alimenticios que contienen extracto de soja fermentada figurará también la indicación de que las personas que toman medicamentos deben consumir el producto exclusivamente bajo supervisión médica.