REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 699/2014 DE LA COMISIÓN de 24 de junio de 2014 sobre el diseño del logotipo común para identificar a las personas que ofrecen al público medicamentos por venta a distancia
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 699/2014 DE LA COMISIÓN de 24 de junio de 2014 sobre el diseño del logotipo común para identificar a las personas que ofrecen al público medicamentos por venta a distancia y los criterios técnicos, electrónicos y criptográficos a efectos de la verificación de la autenticidad de dicho logotipo
Se establece el logotipo común reconocible en toda la Unión que permita identificar el Estado miembro en el que está establecida la persona que ofrece al público medicamentos por venta a distancia mediante servicios de la sociedad de la información.
La verificación de la autenticidad del logotipo común debe realizarse mediante un enlace de hipertexto permanente y asegurado entre el logotipo y la entrada de la persona autorizada o con derecho a ofrecer al público medicamentos por venta a distancia mediante servicios de la sociedad de la información.
A fin de evitar el uso fraudulento del logotipo, los sitios web nacionales , deben estar asegurados, actualizados y alojados en dominios de confianza.
Entra en vigor el 2 de julio de 2014
Es de aplicación a partir del 1 julio de 2015